• Tortura: la humillación del cuerpo y del alma

    Ensayo sobre la tortura como delito de lesa humanidad, no solo en su formato tradicional (de acción física destructiva de las personas) sino como acción integral de causar dolor físico o psíquico en las personas, escrito a pedido de la Euskal Memoria Fundazioa del País Vasco,  en colaboración con Sabrina Nair Dentone.

     

    “Ningún crimen de Estado se comete sin ensayar un discurso justificante,

    y el riesgo en tiempos de terrorismo es que la prevención de crímenes

    de destrucción masiva e indiscriminada, si bien fuera de toda duda

    es imprescindible, pase rápidamente a ser la nueva justificación putativa

    del crimen de Estado”. Raúl Zaffaroni.

    El crimen de Estado como objeto de la criminología[1]

     

     

    Pienso la tortura desde la Argentina, desde un territorio y un pueblo que es, mucho más, el resultado criminal de tres genocidios que la construcción pacífica de una nación libre y soberana.  Hablo desde la posición de quien sufrió la tortura en su cuerpo y en su alma, de quién ha luchado por cuarenta años por la memoria, la verdad y la justicia para llegar a un punto histórico en que la tortura amenaza de nuevo en volverse cotidiana, masiva y aún más, tolerada y consentida por una parte sustancial de los operadores políticos, judiciales y comunicacionales.

     

    En el 2013, a doscientos años de la Asamblea del año XIII que decretó la disolución de la Inquisición y aún más, la destrucción publica de los elementos de tortura, la titular del Ministerio Público de la Defensa Stella Maris Martínez afirmó dos verdades contundentes:  “la tortura hoy es un crimen y sin embargo se sigue aplicando. Es una realidad cotidiana en lugares de encierro, como método de disciplinamiento, como un régimen de terror y de castigos preventivos. Todo lugar donde haya personas privadas de libertad debe ser sometida a un control permanente del afuera, y esto no ocurre” y aún más:  “los jueces no investigan lo poco que se denuncia en términos de tortura, porque siguen sosteniendo esa postura que entiende que los policías y los guardias dicen la verdad y los presos mienten. Los jueces, al mirar para otro lado se convierten en cómplices, y esta tolerancia judicial perversa obedece a lo que ocurre en la sociedad que no repudia fuerte y sostenidamente la tortura”.

     

    A qué se debe la persistencia de una práctica que ha sido denostada desde San Martín hasta los jueces de la Corte Suprema que una y otra vez la han sancionado como un delito grave, imprescriptible y abarcatorio de una amplia gama de acciones humanas?  Creemos que la respuesta está en la historia misma de nuestros pueblos.

     

    Más de una vez hemos afirmado que somos mucho más hijos de una violación, la del Ejercito Colonial del Reino de Castilla y Aragón, sobre los pueblos originarios que herederos orgullosos de la causa independentista de Moreno, Monteagudo, Belgrano y San Martín.  Los primeros invasores hicieron uso y abuso de la tortura sobre nuestra gente de un modo tan cruel y perverso que despertaron la reacción de insignes religiosos como Fray Bartolomé de las Casas.  Pero el dominio de la Inquisición con sus métodos destructivos de lo humano marcó a fuego la cultura de los sectores que se irían constituyendo en el bloque de poder colonial; y también la subjetividad de los diezmados pueblos originarios, de los africanos traídos como mano de obra esclava y de los criollos pobres y sometidos al mismo rigor.  Cierto es que San Martín disuelve la Santa Inquisición no bien entra a Lima en 1821, así como la Asamblea del año XIII lo había hecho para los territorios libre del invasor español pero a poco de andar la naciente república una nueva alianza social se hizo del gobierno y recuperó las viejas prácticas genocidas de exterminio y tortura de los pueblos originarios y de los pobres.  El estado nación argentino se hizo de un lugar en el mundo con el exterminio de los restos de los pueblos originarios en la llamada Campaña del Desierto (1878/1883), la conquista del Gran Chaco (1892) y la Guerra de la Triple Alianza contra los guaraníes del Paraguay autónomo desde 1865 a  1870.

    El país que nació del fin del ciclo revolucionario, del fin de las guerras civiles, de la hegemonía porteña sobre las élites provinciales y sobre los intentos autonomistas del Paraguay, será un país formalmente independiente y una semicolonia en términos reales.  Para dar formato institucional a esa farsa se sancionó la Constitución de 1853, y sobre todo, la Ley Sáenz Peña y la ficción de la democracia representativa con el conjunto de mitos fundacionales de  fines del siglo XIX y comienzos del siglo XX: la entronización de la ciudad de Buenos Aires como Capital y centro económico de la república, gracias al Puerto y su Aduana; la organización del Ejercito Nacional bautizado en la Campaña del Desierto y la llamada Guerra de la Triple Alianza, nombres de fantasía que encubrían el segundo genocidio sufrido en nuestras tierras; y la afirmación formal de varias igualdades: la del acceso a la educación publica, el mito del guardapolvos blanco, y la de la igualdad formal ante la ley y ante la urna,  el Código Penal y la Ley del (supuesto) Sufragio Universal (que solo era para los varones con Libreta de Enrolamiento  o sea, dejando fuera del padrón electoral a la mitad femenina de la población y al cuarto inmigrante de argentinos).  Así nació el primer momento del Mito Liberal.  Y con él, la legislación antiobrera, represora de toda oposición al capitalismo dominante y la práctica de la tortura como método permanente de disciplinamiento social y castigo riguroso al que se rebela y se para en la dignidad del reclamo.

    Apuntemos, al paso, dos fechas: 1902 y 1930.   En 1902 se sanciona la llamada Ley de Residencias que sancionaba el destierro de todo inmigrante indeseable por sus convicciones ideológicas y prácticas políticas con el agravante que se resolvía por vía administrativa y no judicial y que el expulsado del país se debían ir dejando familia y bienes en la Argentina.  La ley se mantuvo en rigor hasta 1957, aunque el Dr. Zamorano explica que rápidamente se renovó en  otras leyes que enfilaron hacia la 17401 de 1971 y la Antisubversiva de 1974 que simultáneamente permitían la expulsión de “extranjeros” (como si en la Argentina,la palabra extranjeros no fuera un verdadero significante vacío dado la inmensa mayoría de pobladores que provienen de inmigrantes lejanos o cercanos).  En 1930, junto con el primer Golpe de Estado del 6 de setiembre, fin del primer mito liberal, se crea la División Especial de Lucha contra el Comunismo en el seno de la Policía Federal (la policía de la ciudad de Buenos Aires que era por entonces territorio federal como sede del gobierno nacional) y al interior de esa División Especial, el comisario Lugones fue el primero en utilizar un instrumento rural para el manejo de los rebaños vacunos en la tortura humana: la picana eléctrica, uno de los “inventos argentinos” de mayor uso nacional e internacional.

    De paso, digamos que el comisario Lugones era hijo del escritor Leopoldo Lugones, aquel que escribiera el Manifiesto de Ayacucho, texto literario que proclamaba la “era de la espada”, convocando a los infinitos golpes de Estado que seguirían por cincuenta años en toda nuestra América y fue el padre de Susana, la Piri, militante montonera que fuera torturada con la picana eléctrica creada por su padre hasta la muerte.

    La lógica de los golpes de Estado, cada vez más rencor, más odio, cada vez más presos y más torturas desembocó en el Terrorismo de Estado que nos asoló primero como acción paramilitar y parapolicial, la Triple Alianza o la Alianza Anticomunista Argentina con sus acciones brutales que recuperaban lo más perverso de la tradición de la Inquisición y de la División Especial; y la Triple A no era otra cosa que el ingreso a una acción más extendida, planificada, organizada y ejecutada por el Estado en su conjunto.  Se sabe: treinta mil desaparecidos, miles y miles de presos políticos que estuvieron primero desaparecidos y luego encerrados sin juicio en cárceles varias, millones de exiliados internos y cientos de miles de exiliados fuera del país.  Todos ellos sufrieron formas varias de la tortura.  Y de casi todas ellas, la Justicia argentina lo consideró probado.

     

    Qué podía haber entre la tortura inquisitorial y la de los centros clandestinos de la dictadura de Videla?   Me costó tiempo entenderlo y fue con el cuerpo y con el alma que lo  logré entender.  En abril de 1976 un grupo de tareas secuestró a Iris Pereyra y su hijo Floreal Avellaneda, de quince años.  Buscaban al padre de Floreal, delegado sindical y comunista de la empresa metalúrgica Tensa, cuya comisión interna de delegados fue diezmada por al represión. La madre fue salvajemente torturada y llevada primero al centro clandestino de Campo de Mayo, principal espacio militar de la Argentina (de allí partió la caravana que perpetró el primer golpe de estado, el seis de setiembre de 1930) y luego trasladada al Penal de Olmos.  Cuando llegó, con cuarenta años escasos, la bautizaron “la vieja” por el estado catastrófico que en pocos meses habían convertido su cuerpo.  Pero su hijo Floreal apareció flotando en el Río de la Plata, en la ensenada de Montevideo, la capital de Uruguay.  Identificado por la Policía Científica, la pericia medica indicó que su muerte había sido producto de la introducción violenta de un palo en el ano. Los inquisidores, allá por el siglo XVI decían que eso era “empalamiento” y los historiadores decían que no se aplicaba desde hacía varios siglos antes que San Martín desalojara la sede de Lima, Perú.

    En los centros clandestinos, y de eso puedo dar fe personalmente, los torturadores gustaban decir que jugaban con la muerte de los prisioneros porque ellos eran “Dios”, igual que la Inquisición.  Recordemos que el Santo Oficio comenzó persiguiendo judíos por todo el Reino y el Continente europeo cuando los Reyes Católicos en el mismo año de 1492 tomaron Granada, invadieron nuestra América y expulsaron a los judios. Seguían el rastro por Portugal, colonia del Brasil y luego el Virreinato del Río de la Plata. A poco de andar empezaron a perseguir “afrancesados”, o sea los que se inspiraban en Rousseau y Voltaire para cuestionar la inhumanidad de los católicos imperiales.  Su primer discurso fue el racismo, los indios no tenían alma (al menos hasta que el Vaticano así lo reconoció como si alguien necesitara su palabra abyecta) y por eso, sub humanos, no humanos, infra humanos, podían ser masacrados en carne y alma.  Destruidos físicamente e impedidos de sostener su cultura. Gracia da que los neo fascistas se llamen a sí mismos como renovadores cuando no son más que repetidores del discurso de Torquemada.  Luego, con la República, el segundo genocidio adoptó el discurso del “progreso”, había que exterminar a los indios porque se oponían al progreso. Y en nombre del progreso, se persiguió a anarquista, socialistas, comunistas desde el segundo año del siglo XX hasta finales de la segunda guerra mundial   Sería la ideología de la guerra fría, el anticomunismo, el discurso de todos los golpes, desde el del 30 hasta el del 76, pasando por el 43, 55, 62 y el del 66.    Y a cada discurso nuevas formas de tortura, aunque igual que los discursos, nunca del todo nuevas.  Nunca lo nuevo borró lo viejo sino que lo descubría, lo potenciaba y se superponían los tres discursos principales con cientos de relatos parciales y complementarios. Siempre para borrar la humanidad del ser torturado y por eso pasible de masacrar sus carnes y su alma.  Con picanas eléctricas, con submarinos secos y húmedos, con azotes y simulacros de fusilamientos, con la tortura insoportable de escuchar como torturan a otro ser humano, al hijo de meses o el padre septuagenario, que la imaginación del torturador es invencible, siempre va por más.

     

    En octubre de 1976 fui secuestrado por un grupo de tareas de la Inteligencia de la Policía de la provincia de Santa Fe.  Fui llevado a un centro clandestino, La Cuarta, que funcionaba dentro de una seccional de la Policía provincial en la esquina de Bv. Zavalla y Tucumán de la ciudad de Santa Fe, exactamente a la vuelta de la casa de Primera Junta y Bv. Zavalla donde había vivido toda mi vida.  En mi barrio, podríamos decir.  Frente a mi escuela primaria.  Con los mismos olores con que me había criado.  En aquella oportunidad estuve unos cuarenta días en condiciones sub humanas, sin cambiarme nunca de ropa, sin cama, colchón o cobija, sin baño, con alguna pobre comida por día, y tomando agua cuando los guardias querían. Aproximadamente en noviembre de 1976, cerca del 20 de noviembre (día de la soberanía nacional en memoria de la batalla de Vuelta de Obligado de Rosas contra la escuadra francesa), falleció Alicia López Rodriguez de Garraham.

    Con Alicia compartimos muchas charlas aunque no recuerdo palabra alguna.  En el juicio donde se condenó a un comisario por su muerte se determinó que murió por desgarro vaginal múltiple, tirada en el patio del centro clandestino donde estábamos todos encerrados.  Casi todas las tardes, un grupo de tareas ingresaba al centro; nos ponían de cara a la pared y se llevaban para la tortura o la muerte a los que tocaban el hombro.  No me llevaron nunca y durante muchos años dije que “en esa oportunidad” no me habían torturado.  En realidad trataba de destacar que en noviembre de 1977, luego de ser liberado desde la Cárcel de Coronda en abril del mismo año; había vuelto a ser capturado, llevado a La Cuarta y esa vez sí torturado físicamente casi hasta la muerte.  Clavos en una madera que me obligaban a apretar con las rodillas, golpes en el hígado casi hasta que reviente y simulacros de fusilamiento con balas de guerra. Sobreviví de un modo tan novelesco que en una novela lo conté: Los laberintos de la memoria[2]  Pero, ¡por qué durante años no me reconocí como víctima de las torturas que el Estado reconocería como tales en la sentencia del juicio oral de 2009, fallo confirmado por la Corte Suprema de la Nación?

    Fijense; en el fallo dice “ el12 de octubre de 1976, José Ernesto Schulman, fue detenido en su casa sita en calle Güemes n° 5554 de esta ciudad, en momentos en que se encontraba junto a Graciela Roselló –su esposa en ese momento- y su compañero de militancia Hernán Gurvich. El operativo realizado en su vivienda estuvo a cargo de personas vestidas de civil, entre las cuales se encontraba el imputado Ramos, siendo Schulman interrogado y al mismo tiempo sometido a golpes durante dos o tres horas, luego fue encapuchado y trasladado en un auto a la Seccional Cuarta, donde fue alojado en una celda que describe de gran tamaño. Reconoció que estaba en la Comisaría Cuarta por la cercanía a su domicilio paterno, asimismo por escuchar el bandoneón de un vecino músico, y la campana de la escuela que se encuentra enfrente; en dicha dependencia policial el 1° de noviembre fue sometido a un interrogatorio, en tanto el día 10 u 11 de noviembre, fue trasladado a la Guardia de Infantería Reforzada y posteriormente el 5 de enero de 1977a la cárcel de Coronda, siendo liberado en el mes de abril de dicho año.  Asimismo se encuentra probado que Schulman fue nuevamente detenido el día 22 de noviembre de 1977 cuando iba a encontrarse con un compañero de militancia de apellido Perussini, en un bar situado en el club Gimnasia y Esgrima de Ciudadela, siendo trasladado en un Fiat 600 blanco, encapuchado, a la Comisaría Cuarta, en donde fue golpeado reiteradas veces, además de realizarle un simulacro de fusilamiento. Asimismo el día 23 de noviembre de 1977 en la referida dependencia policial se presentó una persona que dijo ser empleado judicial, y que pretendía que firmara un papel, en el cual se responsabilizaba de una bomba en plaza España, y que el manifestó que no podía hacerlo porque en esa fecha estaba preso en Coronda, tras lo cual lo amenazó que si no firmaba iba a “volver con los muchachos”, aclarando que un compañero que también se encontraba allí, el Mono Maulín, fue quien le dijo que ese hombre se llamaba Víctor Brusa.”  Por qué? Porque más allá de la tipificación legal, se ha construido culturalmente la noción que solo es tortura la barbarie que sufrió Floreal Avellaneda, o la aplicación de la picana eléctrica en el cuerpo humano.  Porque el poder no solo ha construido la noción deshumanizada de los llamados a ser torturados, sino que hasta pretende establecer qué cosa se puede considerar tortura y qué cosa no.

     

    En el 2010, en ocasión del reconocimiento judicial del ya nombrado sitio La Cuarta, con motivos de un segundo juicio oral, este por el asesinato de Alicia López, en el mismo espacio físico donde yo había estado secuestrado me encontré con un grupo de adolescentes y jóvenes encerrado en similares condiciones inhumanas que las que Alicia y nosotros habíamos sufrido.

    En sucesivos informes de las procuraciones de control del sistema penitenciario no se ha dudado en calificar estas condiciones de un verdadero sistema de la indignidad, dado que la obligación de supervivir en tales condiciones configura el delito de tortura, sin dudas. Porque no hay mayor problema en hablar de nuestras torturas del pasado siempre que no involucre a los torturados del presente y siempre que se refiera a la tortura “dura”, a la destrucción física por medio de la picana eléctrica, la “parrilla” (un elástico metálico de una cama por donde se transmite electricidad, una picana del tamaño del cuerpo), el submarino (hundir la cabeza en un balde con agua o con orina, o con mierda humana) o el submarino seco (encerrar la cabeza en una bolsa plástica que impida respirar), o el apalamiento, o…, y la lista sería casi  interminable (los organismos de derechos humanos palestinos e israelíes han identificado ciento “técnicas” de tortura directa).

    En ese punto también la dictadura militar de Videla y Martínez de Hoz también dio saltos de calidad.  Desde la Inquisición, pasando por todas las instituciones estatales que aplicaron tortura durante dos siglos en la Argentina, las condiciones de encierro eran humillantes, degradantes y causaban dolor, perdida de la autoestima y arrasamiento de la personalidad a favor del torturador.  Pero, y en todo, la dictadura Martínez de Hoz Videla, puso un pero distintivo, la constitución de centros clandestinos de detención, tortura y exterminio colocó el tema en otro terreno, el que en los juicios contra los autores del delito de genocidio se consideró que el mero estar alojado en dichos sitios, constituía tortura.

    Pues la tortura es todo acto que cause dolor o sufrimiento como también lo dice la legislación internacional y nacional. (aquí el también es intencional, puesto que la tortura existe antes que la ley que la sancione y seguirá siendo tortura por más que la ley diga lo contrario, como pretenden los EE.UU. o Israel con sus Cortes Supremas inhumanas y violadoras de los derechos humanos de las personas) La tortura es un crimen del derecho internacional. Puede configurar un delito de lesa humanidad o un crimen de guerra. (A los fines de este trabajo acotamos la tortura como delito de lesa humanidad ).

    El artículo 7 del Estatuto de Roma, celebrado en el ámbito de Naciones Unidas el 17 de julio de 1998, establece que la tortura es un crimen de lesa humanidad y específicamente en el apartado 2 define: e) Por «tortura» se entenderá causar intencionalmente dolor o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, a una persona que el acusado tenga bajo su custodia o control; sin embargo, no se entenderá por tortura el dolor o los sufrimientos que se deriven únicamente de sanciones lícitas o que sean consecuencia normal o fortuita de ellas.   Ya la Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 (ONU) prohíbe la aplicación de Torturas con el siguiente texto: “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.”  Luego el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU, 1966) (artículo 7) establece que: “Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. …” y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (OEA, 1969) con lenguaje similar (artículo 5) ordena que: […] 2. Nadie debe ser sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes. …”.

    La Convención contra la Tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes, adoptada por la Asamblea General de las Naciones Unidas el 10 de diciembre de 1984 -e incorporada al derecho argentino mediante la ley 23.338  del 30/7/1986- y con jerarquía constitucional desde 1994 (cf. Art. 75 inc. 22 CN), establece en su Artículo I: «A los efectos de la presente convención, se entenderá por el término «tortura» todo acto por el cual se inflijan intencionadamente a una persona dolores o sufrimientos graves, ya sean físicos o mentales, con el fin de obtener de ella o de un tercero información o una confesión, de castigarla por un acto que haya cometido, o se sospeche que ha cometido, o de intimidar o coaccionar a esa persona o a otras, o por cualquier razón basada en cualquier tipo de discriminación, cuando dichos dolores o sufrimientos sean infligidos por un funcionario público u otra persona en el ejercicio de funciones públicas, a instigación suya, o con su consentimiento o aquiescencia. No se considerarán torturas los dolores o sufrimientos que sean consecuencia únicamente de sanciones legítimas, o que sean inherentes o incidentales a éstas»   Asimismo en el ámbito de la Organización de Estados Americanos (OEA), fue aprobada  la  «CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR Y SANCIONAR LA TORTURA» incorporada al derecho interno por ley 23.562 del 29 de septiembre de 1988 la que  en similares términos define y condena a la tortura.   Los crímenes de lesa humanidad no son prescriptibles, es decir que la persecución penal respecto de los responsables de la comisión de este tipo de delito del derecho internacional – entre otros, la tortura – no tiene límite temporal para su juzgamiento.  Rige también la prohibición de amnistiarlos o de sustraerlos de su juzgamiento por medio de legislación dictada a ese fin.

    La tortura fue prohibida en nuestro país desde el comienzo mismo de nuestra vida constitucional mediante el artículo 18 de la Constitución Nacional. (“…Quedan abolidos para siempre la pena de muerte por causas políticas, toda especie de tormento y los azotes…”).   La ley 14.616 (1958) que incorporó los artículos 144 bis y 144 ter al Código Penal. (Ley vigente el momento de comisión de los delitos del terrorismo de estado en la Argentina, por lo tanto la ley aplicable.)

    Artículo 144 bis: Será reprimido con prisión o reclusión de uno a cinco años e inhabilitación especial por doble tiempo: […] 3. El funcionario público que impusiere a los presos que guarde, severidades, vejaciones, o apremios ilegales. Si concurriere alguna de las circunstancias enumeradas en los incs. 1, 2, 3 y 5 del art. 142, la pena privativa de la libertad será reclusión o prisión de dos a seis años. Artículo 144 ter: Será reprimido con reclusión o prisión de tres a diez años e inhabilitación absoluta y perpetua, el funcionario público que impusiere, a los presos que guarde, cualquier especie de tormento. Esta regulación legal fue modificada por la ley 23.097, en 1984, a poco de restablecida la democracia, que sustituyó el texto del artículo 144 ter por el siguiente: ARTICULO 144 ter: 1. Será reprimido con reclusión o prisión de ocho a veinticinco años e inhabilitación absoluta y perpetua el funcionario público que impusiere a personas, legítima o ilegítimamente privadas de su libertad, cualquier clase de tortura. Es indiferente que la víctima se encuentre jurídicamente a cargo del funcionario, bastando que éste tenga sobre aquélla poder de hecho. Igual pena se impondrá a particulares que ejecutaren los hechos descritos. 2. Si con motivo u ocasión de la tortura resultare la muerte de la víctima, la pena privativa de libertad será de reclusión o prisión perpetua. Si se causare alguna de las lesiones previstas en el artículo 91, la pena privativa de libertad será de reclusión o prisión de diez a veinticinco años. 3. Por tortura se entenderá no solamente los tormentos físicos, sino también la imposición de  sufrimientos psíquicos, cuando éstos tengan gravedad suficiente.” El Código Penal vigente al momento de los hechos era más benigno que la redacción actual.   Los juicios contra los responsables del genocidio sufrido por el pueblo argentino entre diciembre de 1973 (comienzo del accionar de la Alianza Anticomunista Argentina, según sentencia judicial) y finales de 1982, se hicieron con todas las garantías procesales y el derecho de defensa (que habían negado a los treinta mil desaparecidos y decenas de miles de presos políticos).  En un proceso de sucesivos debates y reconocimientos se llegó a reconocer los siguientes puntos

     

    1  Las condiciones de detención en los CENTRO CLANDESTINOS DE DETENCIÓN configuran el delito de tortura.

    Los detenidos desaparecidos privados de la libertad en los CENTRO CLANDESTINOS DE DETENCIÓN fueron víctimas de diversas formas de violencia tanto física como psíquica, que configuran el delito de tortura.  .En la causa 13/84 la Cámara Federal había sostenido que: “Asimismo, durante el secuestro, se imponía a los cautivos condiciones inhumanas de vida, que comprendían a muchos el déficit casi total de alimentación, el alojamiento en lugares insalubres, en los que no podían sustraerse a percibir los lamentos o ruidos que se producían al torturarse a otros cautivos y el permanente anuncio, a través de hechos y de palabras de que se encontraban absolutamente desprotegidos y exclusivamente a merced de sus secuestradores. Todo ello debía seguramente crear en la víctima una sensación de pánico cuya magnitud no es fácil comprender ni imaginar, pero que, en sí, constituye un horroroso tormento”.

     Sin embargo en la causa 13 no se estableció que todo DETENIDO DESAPARECIDO por el solo hecho de estar privado de su libertad en un CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN era víctima de tortura. Luego, la Cámara Federal admitió la posibilidad de que la mera detención en las condiciones reinantes en un CENTRO CLANDESTINO DE DETENCIÓN configurara torturas, pero condicionó tal determinación a que se acreditarían los sufrimientos padecidos y su gravedad (Juzgados de instrucción, Cámara de Apelaciones y Tribunales del interior).  En decisiones recientes se ha avanzado en tal sentido, al considerar que las condiciones generales de detención, en su conjunto, configuraban el delito de tortura.

    Todo el conjunto abyecto de condiciones de vida y muerte a que se sometiera a los cautivos, si son analizados desde sus objetivos, efectos, grado de crueldad, sistematicidad y conjunto, han confluido a generar el delito de imposición de tormentos de una manera central, al menos conjunta con la figura de la detención ilegal, y de ningún modo accesoria o tangencial a ésta… Tales tratos están incluidos en la prohibición jurídica internacional de la tortura, los tratos crueles, inhumanos y degradantes y encuadran en el delito de imposición de tormentos que expresamente castiga al funcionario que impusiere «cualquier especie de tormento»(art. 144 ter. primer párrafo del Código Penal, según la ley 14.616)

    Entonces, a partir del cambio jurisprudencial reseñado, no es necesario probar que una persona fue sometida a aplicación de corriente eléctrica en el cuerpo para determinar que fue víctima del delito de tortura.  Basta con probar que la persona estuvo privada de la libertad en un CENTRO CLÁNDESTION DE DETENCIÓN para que pueda enrostrarse el delito de tortura a todos a aquellos funcionarios público del CENTRO CLÁNDESTION DE DETENCIÓN.

     

     

    Conductas fueron calificadas como torturas en la jurisprudencia argentina.

     

    1   Sometimiento a realizar ejercicio físico: En las condiciones físicas en las que se encontraban los DETENIDO DESAPARECIDO (débiles por la deficiente alimentación, lesionados por los diversos golpes y por aplicación de picana, etc.) la imposición de realizar ejercicios físicos fue calificada en los tribunales argentinos como tortura. (Auto de procesamiento del 23 de mayo de 2006, causa nro. 14.216/03, caratulada “Suárez Mason Carlos y otros sobre privación ilegal de la libertad” del Juzgado de Instrucción Criminal y Correccional Federal nro. 3. La cita completa es la siguiente: “Dentro de las alternativas generales y sistemáticas de castigo ideadas en el centro también estaba el llamado “orden cerrado” (una práctica habitual así denominada, destinada al entrenamiento físico y disciplinario de los integrantes de las fuerzas armadas y de seguridad, no necesariamente punitiva), que consistía en compeler a los secuestrados a efectuar variados ejercicios físicos del mismo estilo disciplinario-castrense hasta el límite de sus fuerzas, sin contemplación alguna respecto de las escasas energías que tenían quienes vivían en un contexto pleno de carencias, especialmente alimentarias y de descanso. En las condiciones en las cuales se encontraban los cautivos: débiles por la deficiente alimentación, lesionados por los diversos golpes y por aplicación de picana; claramente tales ejercicios lejos de pretender el entrenamiento de los cautivos, representaban otro de los mecanismos de tortura que integraba el listado de métodos de igual especie creados con el auxilio de la fecunda imaginación de los guardias, captores y demás responsables de los hechos bajo estudio.”

     

    2  Sustitución de la identidad: “La deliberada sustitución del nombre por una matrícula mixta de números y letras esconde tras de sí la finalidad de hacer perder a quien lo padece su identificación, su individualidad, su pasado, su futuro y su pertenencia a un núcleo básico familiar y social” ( del auto de procesamiento del 23 de mayo de 2006, causa nro. 14.216/03, caratulada “Suárez Mason Carlos y otros sobre privación ilegal de la libertad” del Juzgado de Instrucción Criminal y Correccional Federal nro 3).

     

    3   Tabicamiento, la prohibición del habla o la imposibilidad de escuchar:  También puede configurar tortura cuando son aplicadas en forma generalizada y sistematizada: “[…] los secuestrados tenían además vedado el empleo del habla, tenían prohibido comunicarse entre ellos o hacerlo con los guardias del centro clandestino de detención. Esta situación generaba un total estado de aislamiento que, en el marco de un nulo contacto con el mundo exterior, afectaba psicológicamente a las víctimas, menguaba sensiblemente la capacidad de resistencia a las infrahumanas condiciones de vida existentes y eliminaba la posibilidad de brindarse recíprocamente ánimo frente al infierno que padecían, so riesgo de ser severamente penados con brutales castigos”.

     

    4  Engrillamiento: “El engrillamiento implicaba la sujeción de los detenidos con cadenas y/o candados de un modo tal que les impedía, en la mayoría de los casos, ponerse de pie plenamente, así como recostarse de manera completa. En tales condiciones, además, eran víctimas absolutamente pasivas de golpes, insultos y humillaciones continuos, al reducírselos a una postura física de total vulnerabilidad frente a sus captores, que graficaba de un modo cruel su situación de inferioridad e indefensión, al tiempo que los iba deteriorando progresivamente en su movilidad, todo lo cual connota claramente otra característica que obliga a considerar al trato dado a los secuestrados como un tormento, esta vez a través de la llamada tortura de posición” (Idem anterior).

     

    5  Simulacros de fusilamiento: La práctica de hacer sentir a los detenidos la posibilidad permanente de perder su vida, ya sea mediante simulacros de fusilamientos o por otros medios, también fue considerada torturas.  Ya en la causa 13/84 se había sostenido que las condiciones de detención incluían “el permanente anuncio, a través de hechos y de palabras de que se encontraban absolutamente desprotegidos y exclusivamente a merced de sus secuestradores”.  Resoluciones más recientes establecieron: “La intimidación constante a los cautivos implicaba un sufrimiento mental que obra como un componente más en el concepto de la tortura y, por cierto, esa intimidación es justamente uno de los más habituales objetivos que persigue el torturador devastando toda capacidad de resistencia” (Idem. Anterior; Suarez Mason)

     

    6   La tortura de terceras personas como tortura psicológica: Respecto de la práctica de utilizar la tortura de terceras personas como forma de sufrimiento psicológico, jurisprudencia reciente ha sostenido: “Dentro de este esquema generalizado de infundir terror paralizante a las víctimas a través de la amenaza permanente de ser torturado, esa forma particularmente perversa de tortura psicológica consistente en escuchar o ver sesiones de torturas de seres queridos. […] Este terror constante generado por dichas circunstancias […] constituye en sí mismo, dadas las circunstancias antes señaladas, una tortura mental” (también del auto de procesamiento de Suarez Mason y otros)

     

    7   Condiciones deficientes de alimentación, de higiene y de sanidad: La deficiente alimentación y las pésimas condiciones higiénicas y sanitarias a las que fueron sometidos los detenidos también fueron valoradas como otra modalidad de castigo: “[…] el desprecio calculado por las condiciones alimentarias […], higiénicas y sanitarias guardaba exacta relación de medio a fin con el objetivo general de cosificación de los recluidos, a quienes se les proveía de las condiciones indispensables simplemente para mantenerlos con una línea de vida, y negarles de este modo la posibilidad de morir por alguna de estas razones, como una cabal muestra de hasta dónde llegaba el poder absoluto sobre sus cuerpos y sus existencia”(Idem anterior).

     

    8  Exposición en desnudez:

    La exposición en desnudez de los cautivos significó, por un lado, un símbolo más de vulnerabilidad y sometimiento y, simultáneamente, la expresión de un castigo basado en la humillación y ridiculización […]. Pasear desnudo a un cautivo, compelerlo a ejecutar alguna actividad desprovisto de ropas, implicó reducirlo aún más a su parte sufriente. Por otro lado, testimoniaba los deseos ocultos y lujuriosos de sus captores, implicando además, toda una simbología en la cual los secuestrados aparecían desnudos frente a los kapos. En definitiva, en un proceso tan simple como apremiante, unos quedaban reducidos a su categoría sexual primaria como meros objetos y otros, elevados al lugar de observadores “superiores” e invasivos del pudor de la víctima […] La sistemática exposición en desnudez de los secuestrados, configuró permanentes humillaciones, vejación y sometimiento a tratos degradantes por parte de los cautivos …

     

    9  Abuso Sexual

    Considerar el abuso sexual – tanto a hombres como mujeres- como una forma más de sometimiento y de intento de destrucción identitaria de los y las detenidos/as desaparecidos/as llevó un largo camino.    La primera vez que en un juicio contra genocidas se incluyó el delito sexual como parte de un plan sistemático de tortura contra las mujeres detenidas ilegalmente, fue en abril de 2010 cuando el Tribunal Oral Federal de Santa Fe condenó al ex agente de inteligencia del Ejército Argentino, Horacio Barcos, a quince años de prisión por secuestro, privación ilegal de la libertad y torturas. Allí fue planteado que “la violencia sexual cometida en los centros clandestinos de detención de la dictadura fueron parte del plan sistemático de represión ilegal, y por lo tanto constituyen delitos de lesa humanidad, imprescriptibles”. El Tribunal señaló que “los abusos sexuales y la violación sufrida por la víctima durante su cautiverio (…) constituyen una forma más de tormento y por ende corresponde encuadrar tales hechos en dicha figura penal, constitutiva de crímenes contra la humanidad”.    A marzo de 2017 Según informó la Procuraduría de Crímenes Contra la Humanidad se contabilizaron 19 sentencias que condujeron a la condena de 79 imputados por crímenes de violencia sexual contra detenidas en el marco del terrorismo de Estado.

     

    10  Asistencia espiritual a la víctima de tortura como acto de tortura: En la condena al sacerdote Christian Von Wernich, el Tribunal Oral Federal de La Plata estimó que el consejo que éste daba a las víctimas a fin de que cooperaran era  una conducta prohibida por la prohibición de tortura, especialmente, por su condición de cura: “es tan torturador el que enchufa el cable en la pared como el que enciende la radio para que no se escuchen los gritos, el que pasa la picana por los genitales de la víctima, o el que llega después a “aconsejarle” que hable para no ser torturado nuevamente […] cuando el que llega después a dar esos consejos, es además un sacerdote que se maneja con autoridad ante los carceleros entrando y saliendo a su antojo de las celdas, no es un torturador cualquiera, es uno calificado”  (TOF 1, La Plata, Christian Federico Von Wernich, Noviembre 2007).

     

    11   Presencia de personal judicial durante el interrogatorio:

    Las conductas constitutivas de apremios que nos ocupan, implicaron un plus de violencia psíquica por la frustración de las expectativas de quienes se encontraban privados de su libertad ilegítimamente, de obtener de funcionarios judiciales el resguardo de sus derechos (fin inmediato de Poder Judicial), al contrario, la mortificación ha sido mayúscula cuando la respuesta fue la continuación del sometimiento indigno, y todo ello orientado a cumplir con el plan sistemático de represión estatal que hacen que estos delitos sean de lesa humanidad.” (…) “Su presencia como representante de la justicia, producía el primer desmoronamiento psíquico de los detenidos al comprobar que la presencia de una autoridad judicial no era más que otro integrante del plan de destrucción, o como dijera la testigo Abdolatif “la patota de saco y corbata”. Para obtener el cometido y las firmas necesarias en las actas, no sólo se negaba a tomar las denuncias de torturas de las víctimas, que en muchos casos como ya se dijo eran evidentes, sino que las amenazaba con volver a ellas. Asimismo se burlaba de la situación que detentaban, lo que de por sí ya era degradante” (Tribunal Oral en lo Criminal de la Provincia de Santa Fe, causa Nº 03/08, caratulada “Brusa, Víctor Hermes – Colombini, Héctor Romeo – Ramos Campagnolo, Eduardo Alberto -Perizzotti, Juan Calixto – Aebi, María Eva -Facino, Mario José S/ Inf. art. 144 ter, 1er. párrafo de la Ley N° 14.616; arts. 144 bis incs. 1° y 2° y 142 inc. 1° último párrafo de la Ley N° 23.077 y art. 55 del C. P», Sentencia del 15 de febrero de 2010).   A pesar de tantas precisiones, permitanme decirles que hay algo de la tortura es innarrable e inescuchable. Dice Ana Arendt en la Condición Humana[3]: “En efecto, la sensación más intensa que conocemos, intensa hasta el punto de borrar todas las otras experiencias, es decir la experiencia del dolor físico agudo, es al mismo tiempo la más privada y la menos comunicable de todas.  quizás no es solo la única experiencia que somos incapaces de transformar en un aspecto adecuado para la presentación publica, sino que además nos quita nuestra sensación de la realidad a tal extremo que la podemos olvidar más rápida y fácilmente que cualquier otra cosa. Parece que no exista puente entre la subjetividad más radical, en la que yo no soy “reconocible” y el mundo exterior de la vida. Dicho con otras palabras, el dolor, verdadera experiencia entre la vida como “ser entre los hombres” (inter homines esse) y la muerte es tan subjetivo y alejado del mundo de las cosas  y de los hombres que no puede asumir una apariencia en absoluto”

    Recuerden uds. que la tortura es otro modo de nombrar el dolor agudo, y por ello, en un punto innombrable.  Que el torturador no se salga con la suya, que el torturado no sea una y otra vez victimizado por los que (no) escuchan o (no) le creen, es un deber de humanismo. Y de política, puesto que sin castigo a los torturadores, la tortura será más y más extendida, y más cruel. De hecho, la sociedad argentina, desde 1983 se divide entre los que le creen a los torturadores y a los genocidas y los que le creemos a los torturados y los sobrevivientes del Terrorismo de Estado. Cada uno elige el sitio donde se para a mirar la vida y desde allí elige memoria, verdad y justicia u olvido, falsedades e impunidad.

    Llegué al centro clandestino La Cuarta el 12 de octubre de 1976; el 20 llegó Alicia López y la alojaron en una pequeña celda (le decíamos la tumba) justo al lado de mi celda. Dicen que le alcancé mi comida porque se caía de la debilidad y no podía caminar los cuatro metros que la separaban del baño. Dicen que le celebramos su cumpleaños cantando en silencio cuando los guardias se alojaron.  Dicen que hablábamos mucho y hasta nos contamos un poema de Jorge Luis Borges, Facundo Quiroga va en carroza a la muerte. Dicen que murió en el patio del Centro Clandestino, al que daba mi celda, un 20 de noviembre por desgarro vaginal causado por violación múltiple (fallo condenatorio del comisario Fascino por la muerte de Alicia). Dicen que era maestra rural y profesora de literatura. Dicen y dicen porque de ella solo tuve un recuerdo vago, una mujer que caía en el breve trayecto que había entre su celda,  la mía casi, y el baño. Y nunca pude recordar nada más.   Es cierto, la tortura es imborrable e imposible de contar y cada cual elige a quien le cree: al torturador o al torturado.

     

     

     

     

    José Ernesto Schulman y Sabrina Nair Dentone

    José redactó en primera persona y narró sus experiencias,

    Sabrina aportó sus conocimientos jurídicos y experiencia en los juicios

    contra los genocidas

    [1] http://www.saij.gob.ar/doctrina/dacf130247-zaffaroni-crimen_estado_como_objeto.htm

    [2] http://www.desaparecidos.org/nuncamas/web/investig/schulman/laberint00.htm

     

    [3] La Condición Humana, pagina 60. Editorial Paidos, 2009, primera edición, en ingles, 1958.

  • Víctor Jara cumplió 85 años, y estuvimos allí para celebrarlo

    La mujer que está sentada allí tiene noventa años, cinco más que Víctor pero es dificil que se hayan visto nunca aunque Víctor creció y fue a la escuela en el poblado de Lonquen y ella vivía a unos pocos kilometros, en Isla de Maipo, pero en la zona rural.

    Qué los une?  Bueno, los unió la canción de Víctor que cantó con empeño y genialidad a campesinos pobres, solidarios, buenos cristianos y comprometidos políticamente con la lucha por la reforma agraria y la revolución que encarnaba Salvador Allende y la Unidad Popular.

    Campesinos como su marido, Sergio Maureira Lillo, que en 1973 tenía 46 años, y su hijo José 26, Rodolfo 22, Segundo 24 y Sergio  27.  Todos ellos fueron capturados por el Ejercito junto a otros diez compañeros campesinos, torturados, asesinados y tirados a un horno de cal, los hornos de Lonquen donde ahora estamos.  En el juicio se comprobó que algunos de ellos no estaban ni muertos cuando fueron tirados al horno de cal.

    La que ahora abraza a Purisima Elena Muñoz de Maureira, esposa y madre de cinco ejecutados políticos de Pinochet es la hija menor de Víctor Jara, Amanda, la que lleva el nombre de la mamá del padre y única jefa de la familia y el nombre de una de las canciones más populares y bellas de su papá: Te recuerdo Amanda.

    Amanda era muy chiquita cuando su papá fue apresado, torturado y asesinado en el Estado Chile, perteneciente entonces a la Universidad Técnica donde Víctor era docente y junto con muchos otros fueron apresados en  los primeros días del golpe de setiembre de 1973.  Allí Víctor ganó su primer premio por la creación artística: fue por Plegaria de un labrador, más que un himno para la generación de los 70.

    «Levántate y mírate las manos  para crecer estréchala a tu hermano.  Juntos iremos  unidos en la sangre hoy es el tiempo que puede ser mañana.»

    Ahora estamos en los cerros de Lonquen donde alguna vez estaban los hornos de Lonquen y donde en 1978 encontraron los restos de los quince campesinos considerados «desaparecidos» por el movimiento popular e «inexistentes» por la dictadura.  Como Santiago Maldonado cuya foto se levanta aquí una y otra vez.   Y aquí en medio de los cerros, en medio de la nada, en un silencio atronador y el vuelo rasante de los pajaros un cantante de Lonquen, más joven que el propio Víctor Jara de la foto, el eterno, empuña la guitarra y comienza a cantar la misma Plegaria.  Levantate y mirate las manos, para crecer estréchala a tu hermano.

    Y nos estrechamos con Alicia Lira de la Agrupación de Familiares Ejecutados Políticos, con Patricio Vejar de las Comunidades de Base Martin Luther King y con el Beto de la Corporación Villa Grimaldi, y con Andrea de la Fundación Víctor Jara y con Carlos el nieto de Purisima. Y hasta con un monje budista japonés que vino a caminar por la paz en estas montañas, en honor de Víctor Jara.

    Usa la misma tunica amarilla que usaban sus hermanos que se inmolaban en Viet Nam en resistencia al imperialismo yankee quemandose a lo bonzo. Todo vuelve, todo vuelve?

    Los que pueden caminaran un largo trecho de los hornos de Lonquén al estadio donde mataron a Víctor que hoy lleva su nombre.

    A la nochecita, se encienden las luces y prueban el sonido.  Alicia me sienta al lado de Joan Jara, de Amanda y del monje budista Gioro Nagase.  Joan también tiene noventa años, fue la compañera de Víctor y madre de sus hijas. Cuando Víctor la conoció era bailarina clásica, inglesa. Hermosa como ahora. Sus ojos casi no ven pero su mirada es pura y escucha a sus viejos amigos murmurando cada letra.  Cuando canta Violeta Parra desde el documental que proyectan alguna lagrima se le escapa pero está aquí.  En este mundo y por eso toma la foto de Santiago Maldonado y pide por Víctor, o sea por Santiago.

    Los que cantan, los Illapu, eran jovenes cuando Víctor era joven, y cantaban lo mismo que él. Hace cuarenta y seis años que cantan y cantan  lo mismo.  A la vida, a los campesinos, a los mapuches, al obrero, a la revolución.  Bueno, no cantan lo mismo pero creo que si Víctor viviera cantaría más o menos lo mismo.

    Su recital es largo, completo, musicalmente precioso y políticamente impecable.  Demuelen uno a  uno los mitos del progresismo chileno entregado al neoliberalismo.  Cúanto dura la transición a la democracia si cada vez estamos  más atrás?  La ley antiterrorista que aplican a los mapuches es terrorista.  Pregunten a los militares que hicieron en La Moneda.

    Y canta Víctor, De nuevo quieren manchar mi tierra con sangre obrera los que hablan de libertad y tienen las manos negras.  Los que quieren dividir a la madre de sus hijos y  quieren reconstruir la cruz que arrastrara Cristo. Quieren ocultar la infamia que legaron desde siglos, pero el color de asesinos no borrarán de su cara.

    Y el estadio lleno de «cabros chicos» que saltan y gritan como en un recital de rock pero no.  Este no es un recital cualquiera. Aquí se juega la memoria y el futuro.  En este pedacito de etica que sostiene la memoria está el futuro de Chile.  La suerte de las luchas por la democracia verdadera y por el respeto a la voluntad de los pueblos originarios. Y Víctor está con ellos. Con su guitarra en su brazo en alto y su sonrisa invencible

     

  • Elogio del tres…..un poema para Gabriela

     

     

     

     

    De los diez números, el tres

     

    es el que más vale.

     

     

     

    Porque todo juego comienza

     

    con el a la una, a las dos y a las tres

     

     

     

    Y ya se sabe que la tercera

     

    es la vencida

     

    como que no hay dos sin tres

     

     

     

    Y si hablamos de convicciones

     

    se sabe que cualquiera realiza algo una vez

     

    que muy pocos la pueden repetir

     

    pero que solo las cosas que valen mucho

     

    llegan a su tercera edición

     

     

     

    A la una, a las dos y a las tres

     

    el que no se escondió se embromó

     

     

     

    Pero por encima de todo

     

    yo amo al tres

     

    porque cada tres

     

    es como mil

     

    como cien mil o un millón

     

     

     

    Porque un tres

     

    de hace más de tres años

     

    una princesa abrió su ventana

     

    y decidió no dejar pasar al pirata malo

     

    el de la pata de palo y el ojo emparchado

     

     

     

    y en uno dos tres

     

    lo embrujó, lo conquistó y lo enamoró

     

    que no es lo mismo pero es igual

     

     

     

    a la una a las dos y a las tres

     

    que yo me quedo con Gabriela

     

    una

     

    y otra

     

    y otra vez.

     

     

     

  • Repudiamos la censura a Roberto Navarro, defendemos el derecho a la información. Taty Almeida, Lita Boitano, José Schulman, Carlos Pisone….

    Taty Almeida, Lita Boitano, José Schulman, Carlos Pisone, María Ines Brascesco, Graciela Blancatt, Betty Pazo, (siguen las firmas) repudian el despido de Roberto Navarro de C5N en un nuevo intento de censura que afecta nuestro derecho a la información veraz y diversa; censura que recorta aún más los espacios democráticos y el estado de derecho en la Argentina.

    Como mujeres y hombres de lucha por los derechos humanos nos solidarizamos con Navarro y exigimos el estricto cumplimiento de la Ley de Medios para garantizar el derecho humano a una informacíon veraz y plural


  • «Estar contigo o no estar contigo es

    la medida de mi tiempo».  Jorge Luis Borges

     

     

     

    Antes de ud.,

    antes de sus besos

    y sus abrazos

    Yo creía que

    la felicidad era un instante

    que restallaba en el aire

    Pero si de verás ud. existe

    su sola existencia me interpela,

    y cuestiona

    hasta mis creencias más profundas

    Si de verás Ud. existe,

    todo lo demás será

    tan insignificante

    como en este instante?

    Si de verás Ud. existe,

    la felicidad  volverá

    a tener nombre, su nombre ?

    ¿Será?

    entonces, el tiempo,

    una sucesión de instantes?

    una sucesión interminable

    de besos y caricias

    de miradas cómplices y

    sueños cumplidos?

    ¿Será?

    será, entonces,

    que existe Dios?

    ¿Será?

    será, entonces,

    que tanta pena derramada

    podía tener compensación

    sin Revolución?

    Pero,

    ¿y si ud.  es solo un sueño

    entre tantas pesadillas?

    Y el tiempo no es  solo este instante

    de felicidad soñada.

    Y si los sueños sueños son

    ¿Qué revolución

    compensará

    la pena de los hombres?

    ¿Y quién me dará

    la felicidad prometida?

     

     

  • Cuando estoy triste…solo un poema de un amor verdadero en tiempos de espanto.

     

    Cuando estoy triste

    leo

    las cartas de mi amada

    Habla de un capitán pirata

    y una princesa cansada

    de ver pasar los barcos

    desde su bella ventana

    Cuenta de una capitana

    que no entendía

    por qué

    los milicianos la seguían

    Sabe de una niña

    que escribía un libro

    donde cada hoja

    era la vida que no tenía

    Y escribe

    de puño y letra

    que conmigo se siente capitana

    de no sabe que batallón

    y princesa subiendo al barco pirata

    que navega en todas las mares

    y que puede cerrar el libro

    de las paginas en blanco

    porque la vida

    ya no es una promesa perfecta

    sino un presente desafiante

    que la enoja y embellece

    que la perturba y emociona

    que la desespera y conmueve

    que la sacude de abajo arriba

    desde la piel hasta las culpas

    viejas culpas cultivadas

    con fervor

    por madres y padres

    monjas y maestros

    primos y amantes

    tiradas por la ventana

    molidas en la cocina

    demonizadas en la cama

    y sacudidas con pasión

    en el aire de los días

    que la princesa vive

    como una capitana

    del que un libro

    contará su historia

    con amor


  • Una antigua leyenda enseña los peligros de no prestar atención a los procesos y enfocarse tanto en el instante que se pierde de vista lo real.  Dicen que atraparon una rana de una laguna y la pusieron en una olla de agua fría, la rana estaba cómoda y nadaba libremente, luego calentaron lentamente el agua. Al principio, el calorcito le pareció hasta agradable, y cuando el agua levantó temperatura ya estaba tan debilitada que no pudo saltar, y murió en el agua hirviendo.

    El gobierno de Macri se ubica exactamente en el cruce de dos parábolas históricas. Una es la que grafica el  fin del largo ciclo del «capitalismo democrático», cuyo inicio, imaginariamente, ubicamos en la Toma de la Bastilla, la Revolución Francesa y la Declaración de los Derechos del Hombre y el  Ciudadano en 1789, hasta la Caída de las Torres, el Acta Patriótica de 2001 y el ascenso al gobierno de los EE.UU. de Donald Trump, el burgués brutal y casi analfabeto que proclamó el fin de los derechos de los negros, los latinos, los musulmanes y casi todo el que no sea su par blanco, heterosexual  y ultra conservador.  En su etapa de decadencia civilizatoria el capitalismo no necesita ni aguanta siquiera la igualdad formal o el corset del derecho internacional de los derechos humanos.  La Guerra es su bandera y discurso, y no la paz y la dignidad humana.

    La otra parábola simboliza el fin de un ciclo corto de existencia simultánea, y en cierto modo articulada, de gobiernos progresistas resultantes del agotamiento del ciclo neoliberal fundamentalista y feroz que sobrevino al otro ciclo de dictaduras militares como las de Videla, Pinochet, Stroessner o Bordaberry.  La era del Unasur con Chávez, Fidel, Lula, Evo, Correa y los Kirchner, ha dado paso a este ciclo de recolonización imperial a fuerza de golpes de Estado como el de Brasil, Paraguay y Honduras, y de derrotas políticas resonantes como la de Argentina.  La era de la convergencia, llena de obstáculos y contradicciones pero convergencia virtuosa al fin de cuentas, entre gobiernos y movimientos populares casi no existe, y una feroz ofensiva busca arrasar derechos y conquistas populares de larga data.

    Es en esa secuencia histórica que debe pensarse la desaparición forzada de Santiago Maldonado, como un paso audaz en un camino ya recorrido de restricción de los espacios democráticos, minimización de la democracia representativa y arrasamiento del Estado de Derecho  (decretos para modificar la Corte Suprema, Protocolo de Seguridad, contracción de deuda externa ilegal, etc. etc.): pretendían naturalizar que el Estado no sólo puede desconocer derechos de los pueblos originarios, estigmatizar la militancia y reprimir como quiera sino que, nada menos, desaparecer a un joven y que la sociedad permanezca como espectadora o aún más, que aplauda.

    La firmeza de la familia Maldonado, de los organismos de derechos humanos, de algunos pocos comunicadores sociales, del movimiento popular en su conjunto y pluralidad frustraron ese objetivo, y van colocando a los gobernantes, gendarmes y jueces en el banquillo de los acusados.  Es un gran logro de la memoria que debe valorarse. Una vez más la presencia contundente y cotidiana de nuestros desaparecidos fue la fuerza política principal de nuestra lucha pero no olvidemos la metáfora de la rana: el agua todavía está caliente y ellos soplan el fuego de la ilegalidad en dirección a cruzar esa delgada línea que hay entre una democracia restringida y represora y un gobierno autoritario con máscara democrática, como sucede hoy en Honduras, Perú, Paraguay, Brasil y ha ocurrido tantas veces entre nosotros.

    Exijamos sin vueltas que nos devuelvan a Santiago y estemos alertas para que no nos roben los derechos y la libertad que supimos conquistar .

    Un poeta riojano, Ariel Ferraro, lo decía más lindo: Luciérnagas del mundo: uníos, para que la noche ciega de los hombres tenga sólo tropiezos de ternura»

     


  •  

    Buscando a Santiago Maldonado
    encontré a Lito Medina

     

    En uno de esos días
    en que la vida te pesa tanto
    que camino con la vista contra el suelo
    encontré al tucumano Lito Medina

    No lo vi nunca pero lo encontré
    en la esquina de Reconquista y Rivadavia
    a metros de la Plaza de Mayo
    allí donde la ciudad se desmorona
    entre bancos y jardines aéreos

    Yo buscaba a Santiago
    y tropecé con el Lito
    acostado en la vereda
    volviendo del Pozo de Vargas

    Yo buscaba al artesano
    no al bancario
    yo buscaba al que se fue al Sur
    y no al que vivía en Monteros

    Nunca lo vi al Lito
    antes de ayer

    pero una vez en Monteros
    los obreros municipales
    me contaron que el Ejercito
    se lo llevo en 1976

    y que lo que quedaba de él
    cuando volvía de la tortura
    en el piso, con los ojos todavía
    tapados pero bien abiertos
    cantaba la Internacional
    y lo volvían a moler a palos

    Arriba los pobres del Mundo
    de pie los esclavos sin pan

    Yo volvía de una pulcra
    limpia moderna y
    repugnante oficina oficial
    de los que fingen escuchar
    lo que no ven ni les importa

    Y gritemos todos unidos
    viva la Internacional

    Cuando lo vi en el suelo
    de la vereda del Banco
    donde trabajaba en Tucumán

    había escrito con tiza
    sobre la baldosa en que se había
    convertido
    y donde está Santiago
    la puta madre que los parió

    El día que el triunfo alcancemos
    ni esclavos ni hambrientos habrá

    Dijo el Lito mientras proponía
    y si pedimos algo más sencillo
    camarada?

    Digo, dijo el Lito Medina
    el que volvió del Pozo de Vargas
    y se quedó en la vereda del Banco
    Nación que ya ni queda

    Y si por ahora pedimos
    que no nos maten más

    y que si nos matan
    no nos torturen

    y que si nos torturan
    no nos desaparezcan

    Digo dijo el Lito
    que pasé treinta y nueve años
    encerrado en el Pozo de Vargas

    y no es justo
    que ni morir nos dejen

    Tropecé contra una mujer
    que pasaba y el Lito se fue
    solo quedó en el suelo
    la baldosa de la memoria
    que rezaba nombre y fecha
    y una extraña leyenda nueva

    Que aparezca Santiago
    no lo quiero aquí conmigo

    agrupemonos todos
    en la lucha final
    y se alcen los pueblos

    que ya es hora

  • Patricio Echegaray, los comunistas  y las dictaduras. Su declaración testimonial de 2015

    El Secretario General del Partido Comunista de la Argentina, Patricio Echegaray, declaró el miércoles 18 de marzo de 2015 en el Tribunal de San Martín como “testigo de contexto” en la causa por los crímenes cometidos en Mansión Seré. Se trata de la primera vez en la historia de los juicios por delitos de lesa humanidad que la autoridad máxima de un partido político toma parte en los testimonios de la querella.

    La declaración comenzó expresando “un fuerte reconocimiento a la lucha y la conducta de las víctimas de Mansión Seré y todas las víctimas del terrorismo de Estado en Argentina”, en particular “a los militantes del Partido Comunista que se caracterizaron por adoptar una actitud ejemplar”

    Entre las víctimas de Mansión Seré, Patricio tuvo una mención especial para Alejandro Etchenique, “quien cayó detenido junto a su hija allí, donde fueron sometidos a tormentos que ambos resistieron con una valentía admirable. Etchenique fue un compañero con el que militamos juntos en la Comisión de Relaciones Políticas y fue el profesor del primer curso que realicé sobre El Capital de Carlos Marx”

    Luego continuó apuntando que “el Partido Comunista es el núcleo de una cultura política que se ha forjado al calor de la lucha popular contra la injusticia, la explotación y la discriminación, y que debido a esa lucha ha sido objeto de persecución permanente por parte de las clases dominantes y del Estado burgués argentino”.

    Ampliando esta idea sostuvo: “Una cultura de rebeldía y resistencia que desde antes de su constitución institucional como organización política ya confrontaba contra la burguesía. Ejemplos de esto son las luchas del 1° de Mayo de 1890, la Patagonia Rebelde expresada en la figura histórica del Gallego Soto y la Semana Trágica. El Partido ha acumulado méritos trágicos en esta lucha. En ese sentido queremos recordar que pronto se cumplirán setenta años de la desaparición de Juan Ingalinella, el primer detenido-desaparecido de la historia argentina”

    “El Partido ha tenido que pugnar sin descanso contra una pila de leyes represivas como la tristemente célebre 4144 nacida en 1902, derogada en 1958, resucitada en 1969 bajo el número 18235 y puesta en vigor nuevamente en 1976 bajo el número 21259. Esta ley se convirtió en la ley de persecución política más perdurable de la historia argentina, cuyo objetivo fue expulsar de nuestro país a todos los extranjeros con ideas de izquierda. El Partido ha luchado igualmente contra el decreto anticomunista número 536/45, contra la Ley 13234 de 1948 que autorizó a movilizar militarmente a los huelguistas, política que dio inicio a la doctrina constitucional Conintes. También contra el Decreto 778/63 de represión a huelguistas y perturbadores”

    “Tuvo que enfrentar también el Decreto 4500/63 creador de la SIDE, que nació con el marcado fin de perseguir a los comunistas. Y por supuesto la Ley Anticomunista 17401 dictada en 1967 que, como su nombre lo indica, tuvo el explícito objetivo de reprimir y perseguir a los comunistas”

    “Me resultaría imposible abarcar el inventario completo de normas sancionadas para aniquilar la visión y organización marxista-leninista de transformación de la realidad. Sin dudas se trata de una lista innumerable, de manera que nos atenemos a citar las que nos parecen más significativas. Digamos que en la Argentina se ha hecho uso y abuso del artículo 23 de la Constitución Nacional sobre suspensión de garantías en caso de ataque exterior o conmoción interna. Artículo que vino a convertirse en el anclaje normativo de la Doctrina de Seguridad Nacional, y determinó que más de la mitad de los años entre 1930 y 1984 se viviera en estado de excepción, incluido el Estado de Sitio, lo que para miles de comunistas significó pasar muchísimos años en la clandestinidad, sufrir la cárcel y quedar a disposición del Poder Ejecutivo sin proceso ni causa judicial”

    “Ante este monstruoso cuerpo de disposiciones represivas ejercidas por el Estado nacional, hay que rescatar el papel de los militantes comunistas que a pesar de todas las persecuciones lograron ganar espacios institucionales. Militantes sindicales, estudiantiles y barriales que han encabezado la lucha del pueblo argentino. Militantes en derechos humanos, que enfrentaron y enfrentan estas aberraciones políticas y jurídicas sin reparar en esfuerzos y sacrificios”.

    Echegaray volvió a recalcar que “el golpe de 1976 obedeció a un plan nacional e internacional piloteado por Estados Unidos, un golpe que obedeció a los objetivos de poner fin a todos los elementos del Estado de Bienestar que se habían desarrollado tras la Segunda Guerra Mundial, y que tenía muy en cuenta el hecho de que la Revolución Cubana, hasta ese momento tratada como una excepcionalidad isleña, dejaba de serlo para transformarse en la base del crecimiento de las fuerzas de izquierda en América Latina. Al calor de la cubana se habían producido nuevas revoluciones en Chile y Nicaragua, y desde la Guerra de Vietnam soplaban vientos de fuertes dificultades para el imperialismo yanqui. En estas condiciones se pergeñó el golpe que apuntaba, por un lado, a liquidar las fuerzas de izquierda con capacidades transformadoras que podían aprovechar estos vientos de revolución, y por el otro, a impulsar medidas económicas que como mínimo establecieran la base de un nuevo modelo económico de explotación del capital, que hoy conocemos como neoliberalismo y que comenzó con la transformación de la deuda externa en instrumento de extorsión y dependencia”
    “En este contexto es que el Partido Comunista enfrentó a la Triple A y al golpe de Estado, batalló contra la dictadura, defendió a víctimas propias y de todos los partidos y en ningún caso proporcionó funcionarios a su servicio, como sucedió con otras fuerzas políticas”

    “El Partido Comunista se siente orgulloso de haberse constituido como el único partido querellante para la defensa de los derechos de sus víctimas y de todas las víctimas del Terrorismo de Estado. Y esto no es casual, sino que es absolutamente coherente con la historia y con el significado cultural del PC, que es una cultura de lucha contra la injusticia, la opresión y la discriminación”

    “En este sentido tenemos que recordar el papel de nuestros abogados: Julio Viaggio, Carlos Zamorano, Beinusz Smuckler, Eduardo Barcesat, Alberto Pedroncini, Nilda Tenenbaum, Carlos Israelson, Teresa Israel, Jaime Nuguer, Héctor Trajtemberg, entre otros, y por supuesto a los dirigentes y militantes de la Liga Argentina por los Derechos del Hombre: Mario Alderete, Roberto Vallarino, Víctor Bruschi, Félix Cantero, Jaime Scmirgeld, Iris Pereyra, José Schulman, Graciela Rosemblun. Los abogados del PC firmaron alrededor de nueve mil habeas corpus”.

    No hay que olvidar que desde la Liga, el Partido fue una fuerza fundamental en la creación de la Asamblea Permanente por los Derechos Humanos (APDH) de la cual Echegaray manifestó ante los magistrados sentirse “profundamente orgulloso de ser parte de su Consejo de Presidencia”

    “El Partido Comunista cumplió un gran papel también en la confrontación contra el Plan Cóndor que abarcaba Argentina, Chile, Uruguay, Bolivia, Paraguay y Brasil. El PC tuvo un accionar nacional e internacional en la lucha por la defensa de los derechos humanos. En el ámbito internacional hicimos importantes gestiones para que organismos internacionales concentraran su atención en nuestro país, lo que incluiría la visita de la Comisión Interamericana. El de la camarada Inés Ollero, militante de la FJC que estuvo secuestrada en la ex ESMA y permanece desaparecida, fue el primer caso argentino tratado internacionalmente»

    “En los años de la dictadura el Partido Comunista Argentino hizo importantes gestiones en México, España, Francia, Alemania, en la Federación Mundial de Juventudes Democráticas. Al mismo tiempo dio protección, refugio y asistencia orgánico-técnica a numerosos compañeros de países limítrofes que por distintas razones estaban en la Argentina”

    “Basándose en su experiencia histórica, el Partido Comunista desarrolló un sofisticado sistema de militancia clandestina para poder solventar las necesidades de la lucha contra la dictadura. En mi caso, tras llegar a Buenos Aires luego de salir de la prisión en la provincia de San Juan, no pasé inmediatamente a la vida pública, sino que pasé directamente a la clandestinidad llevando adelante las tareas de las Juventudes Políticas.
    Sin embargo, mi casa fue descubierta: recibimos un asalto de la Triple A del que nos salvamos por la solidaridad del pueblo.
    La otra situación que debí atravesar fue un intento de secuestro del que zafé por dos motivos: por una contradicción jurisdiccional entra la Policía del Aeropuerto y la Federal que se disputaron mi captura, y, el otro, que la compañía brasilera en la que iba a viajar no me entregó y mantuvo dos horas el avión en la pista hasta que pude arribar a él”
    “Quiero por tanto rendir homenaje a todos los que trabajaron en la elaboración del trabajo clandestino del PCA, que era un trabajo clandestino -si se permite el término- muy científico y no de contingencia. Eran épocas en las que se sucedían las dictaduras y el aparato clandestino del PC se renovaba permanentemente: se cambiaban las casas y quintas de seguridad, las cuales tenían un trabajo previo de legitimación muy puntilloso, para que, cuando llegara como llegó el momento, ya se había construido la cobertura necesaria para no levantar sospechas. Está claro que este tipo de tareas solo la podía llevar adelante una organización como la nuestra, ampliamente probada en los años de lucha clandestina que nos impuso el Estado burgués en la Argentina”

    Ante la pregunta del tribunal acerca de si el Partido Comunista sacaba gente del país, Echegaray confirmó que “sólo en algunos casos especiales, porque no era una política del Partido sacar sus militantes al exterior. Pero si hemos ayudado a cientos de compañeros de otras organizaciones a hacerlo. Y eso fue posible por el imponente aparato de falsificación de documentos que nunca falló. Nunca un clandestino provisto de documentos otorgados por el Partido Comunista fue interceptado en una migración. Detrás de cada una de estas acciones hubo cientos de militantes anónimos que en la lucha contra la dictadura militar pusieron en riesgo su vida”
    El tribunal también preguntó al secretario general del PC cuáles creía que habían sido los niveles de afectación, a lo que Echegaray aseveró que “nosotros ubicamos como primer nivel de afectación los más de cinco mil comunistas despedidos de las empresas. ¿Por qué? Porque creemos que se apuntó a destruir un proceso de acumulación que venía desarrollando nuestra organización en el seno de la clase obrera. La misma había sido muy bien materializada en la masiva movilización contra López Rega que habíamos logrado junto a la Juventud Trabajadora Peronista (JTP). Por supuesto también fuimos afectados en los más de quinientos militantes detenidos y torturados, de los cuales recuperamos trescientos cincuenta y ciento cincuenta fueron desaparecidos, de los cuales hasta el día de hoy recuperamos los restos de treinta y cinco de ellos”. El tribunal consultó a Echegaray sobre si esas listas eran definitivas: “Lamentablemente tenemos que decir que no, ya que en los últimos meses hemos tenido que incorporar nuevos datos”

    Una parte de la intervención estuvo dedicada a aclarar que “el Partido Comunista, pese a no haber adherido a la tesis de la lucha armada por una cuestión de análisis político, figuraba en un nivel muy especial del objetivo de los militares, puesto que nos consideraban, en primer lugar, responsables intelectuales e ideológicos por nuestra filiación marxista-leninista. Por la formación de cuadros, que sirvió a nuestra organización y nutrió además a diversas fuerzas del campo popular. Y porque ellos sabían, sin muchas precisiones pero lo sabían, que éramos la fuerza política con mayor capacidad estructural y logística para emprender una eventual confrontación militar”
    “Este plan fue explicitado por diversos personeros de la dictadura. Vale recordar a Suárez Mason quién sostuvo que la idea era atacar al Partido Comunista y a sus treinta organizaciones colaterales, tal como las llamaban”

    “La resistencia del PC a la dictadura empieza antes de la Triple A y antes del golpe. Es una resistencia que empieza tratando de promover una gestión multipartidaria que produjese un centro político que fuese capaz de actuar como freno al deterioro del pay el golpe. En ese sentido destacamos dos entrevistas que promovimos desde las Juventudes Políticas: una con Balbín y otra con Abal Medina. La opinión que nos llevamos de ambas entrevistas fue que lo que reinaba era un estado de desesperanza e indefensión. No había voluntad de resistir”