En Colombia continúa el Genocidio cotidiano invisibilizado


ImagenLa Liga Argentina por los Derechos del Hombre condena la violación de derechos humanos por parte del Estado colombiano y convoca a solidarizarse con los compañeros David Ravelo Crespo y Juan Camilo Lizarazo, dos de los más de siete mil quinientos presos por razones políticas y sociales que el gobierno de Santos mantiene como rehenes del movimiento popular y reserva para moneda de cambio en las conversaciones de paz

Dos casos límites que confirman nuestra denuncia: la condena a 18 años y tres meses de prisión  contra el defensor de los derechos humanos David Ravelo Crespo y la “condena a muerte por falta de atención médica” de Juan Camilo Lizarazo en la Cárcel La Picaleña de Ibagué en el departamento del Tolima.

Se sabe que el conflicto colombiano es de larga data, por lo menos desde el Bogotazo de abril de 1948; lo que se sabe menos es que tanto en la gestión del presidente Uribe y ahora el gobierno de Santos (quien era ministro de Defensa de Uribe) se han agravado al extremo la subordinación del Poder Judicial al Plan de Exterminio de la población que no se somete a los dictámenes de los parapoliciales, empresarios y grupos económicos que roban tierras y súper explotan los recursos naturales colombianos.

Es por eso que los convocamos a todos aquellos que velan por la vigencia de los derechos humanos y particularmente por la vida y la libertad de los presos políticos a realizar esta campaña de denuncia y solidaridad con quienes representan las grandes violaciones que se producen cotidianamente en nuestro hermano país, mas abajo les enviamos la información que contamos sobre estos casos y las direcciones para realizar el pedido de inmediata libertad de los mismos.

Cordialmente.

 

LIGA ARGENTINA POR LOS DERECHOS DEL HOMBRE

 

David Ravelo Crespo es economista, defensor de derechos humanos y miembro fundador de la Corporación Regional para la Defensa de los Derechos Humanos (Credhos), militante del Partido Comunista Colombiano.  En 1993 Ravelo era concejal en Barrancabermeja y gracias a su gestión se llevaban a cabo importantes mejoras en los barrios populares de la ciudad. Entonces fue detenido y acusado de rebelión por supuestos nexos con la guerrilla de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (Farc). Ravelo permaneció en la cárcel hasta su absolución en 1995 . Fue juzgado mediante la«justicia sin rostro» donde, según explica su abogado Alirio Uribe, «los abogados y los procesados litigábamos frente un espejo con un distorsionador de voz; esta justicia fue declarada inconstitucional por violar las garantías del debido proceso» En septiembre de 2010 Ravelo fue nuevamente detenido y encarcelado. David Ravelo fue condenado a 18 años y 3 meses de prisión por ser, según la decisión judicial, plagada de irregularidades, el autor intelectual del asesinato del funcionario local David Núñez Cala en hechos ocurridos en 1991. Desde su encarcelación el 14 de septiembre 2010, diversas organizaciones y personalidades han denunciado muchos vicios e irregularidades de forma y de fondo en el proceso contra Ravelo Crespo, entre ellos, varios diputados británicos, la Relatora Especial sobre la Independencia de los Magistrados y Abogados, Gabriela Knaul, la Relatora Especial sobre la Situación de los Defensores de los Derechos Humanos, Margaret Sekaggya, el congresista Iván Cepeda y numerosas organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos.  Una de las más graves de estas irregularidades fue revelada el 22 de noviembre de 2012, cuando se comprobó que el fiscal, William Gildardo Pacheco Granados, quien actúo en el proceso había sido destituido en 1991 por la Procuraduría General de la Nación, cuando se desempeñaba como teniente de la Policía Nacional. El Fiscal Pacheco Granados desde esa época había sido destituido de la Policía por su participación en la desaparición forzada de un joven en la ciudad de Armenia, lo cual descalifica de manera permanente su ejercicio de cualquier cargo público. (Articulo 76 del Decreto 261/2000).  Diversas anomalías de este tipo han afectado el derecho al debido proceso de Ravelo Crespo desde el inicio del proceso. Las pruebas en contra de David Ravelo consistieron principalmente en las falsas declaraciones de dos paramilitares desmovilizados, quienes se beneficiaron de reducciones de penas en sus sentencias a cambio de sus falsos testimonios, en el marco de la Ley 975 (de Justicia y Paz). Con el agravante que éstos falsos testigos habían sido denunciados por Ravelo Crespo como autores de graves violaciones de los derechos humanos en la ciudad de Barrancabermeja. Estos dos paramilitares figuran entre los sólo tres testigos de cargo, mientras Pacheco Granados (el Fiscal), hizo caso omiso a más de 30 testimonios que demostrarían la falsedad de sus testimonios. Tampoco se tuvo en cuenta que otro testigo declaró durante el juicio, que los dos antiguos paramilitares intentaron sobornarlo para que respaldara las acusaciones contra Ravelo Crespo. Y finalmente el fiscal cerró la etapa de investigación sin aceptar gran parte de las pruebas presentadas por la defensa de David Ravelo. Mientras transcurría el juicio de Ravelo Crespo, integrantes de su familia y los miembros de CREDHOS continuamente sufrían amenazas de muerte y hostigamientos por parte de los grupos paramilitares. Otra situación procesal que no ha sido clara, ocurrió con las circunstancias en la que se conoció el fallo, ya que este fue expedido con fecha del 16 de noviembre de 2012 y hasta el 11 de diciembre no se había notificado al defensor procesal ni al procesado y sólo se conocían rumores callejeros, impidiendo así a los afectados interponer los recursos legales que otorga la ley de manera oportuna y efectiva en flagrante violación al debido proceso.

 

En el año 2009, por orden de un Juez Penal Municipal con funciones de control de garantías de Cartagena, se dictó medida de aseguramiento en centro carcelario contra Juan Camilo Lizarazo Aristizábal, acusado de pertenecer a las F.A.R.C. y dirigir la red urbana Antonio Nariño. Desde entonces permanece en condiciones de máxima seguridad. Desde el mes de octubre del año 2012, el prisionero Juan Camilo Lizarazo presenta graves síntomas como: parte izquierda del cuerpo inmovilizado, dificultad para hablar, para comer, para subir y bajar escaleras, tiene problemas para levantarse y tiene dificultad para controlar los esfínteres. A raíz de esto fue remitido a medicina general y a psiquiatría argumentando que su problema de salud se debía a problemas emocionales y de depresión, medicándole únicamente calmantes, no obstante empeoró su estado.     Manifiesta el prisionero que el doctor encargado de la parte de psiquiatría, una vez examinó a Juan Camilo Lizarazo manifestó que el problema de salud no estaba asociado a problemas emocionales o de depresión, que al contrario esos problemas estaban asociados con una posible trombosis, a partir de esto el psiquiatra lo remitió a neurología, sin embargo, a la fecha el prisionero no ha sido atendido por parte del neurólogo.   Debido a los problemas de salud y a la omisión de atención médica el prisionero Juan Camilo Lizarazo ha intentado suicidarse.   El Estado colombiano en cabeza del INPEC ha violado la dignidad humana y el derecho a la salud del prisionero Juan Camilo Lizarazo, al omitir su deber de protección y la debida atención médica, razón por la cual su derecho fundamental a la vida se encuentra en riesgo.

 

 

 

La primer acción solidaria es difundir estos dos casos como prueba contundente de las denuncias sobre la existencia de miles de presos políticos en Colombia, que el gobierno se niega a reconocer –igual que hacían todas las dictaduras militares del cono sur en los 70- y en segundo lugar pedimos reclamar concretamente por la libertad de David Ravelo Crespo y por la vida de Juan Camilo Lizarazo dirigiéndose a reclamos@inpec.gov.co con copia a flazosdedignidad@gmail.com

por Juan Camilo Lizarazo Aristizábal

y a info@comitepermanente.org con copia al Movimiento Nacional de Víctimas del Terrorismo de Estado

stnacional@movimientodevictimas.org  

por David Ravelo Crespo

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